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La SAT (Superintendencia de Administración Tributaria)  de Guatemala ha creado el Régimen de Factura Electrónica en Línea, FEL, que en su totalidad corresponderá a la emisión,  certificación, transmisión y preservación de todos los documentos fiscales tales como: facturas, notas de débito y crédito, recibos y otros documentos que al día de hoy están autorizados. Elementos que se denominarán DTE (Documentos Tributarios Electrónicos).

La Superintendencia de Administración Tributaria De forma progresiva, esta definiendo los segmentos de contribuyentes y los tiempos en los que todos se deberán incorporar al régimen FEL. Estos plazos deberán empezar a cumplirse a principios del año 2021.

Todos  los contribuyentes que así lo deseen pueden solicitar su incorporación a este régimen para adelantarse y tomar sus precauciones y preparaciones de sistemas informáticos a tiempo antes de que sea 100% obligatorio..

Algunas novedades que se introducen para este proceso son:

  • La firma electrónica será requerida y obligatoria en FEL como mecanismo de autenticidad y no rechazo de las mismas.
  • La Superintendencia de Administración Tributaria almacenará todas las facturas. Esto no deja que los emisores y receptores deban conservar el archivo generado durante el plazo establecido en el Código Tributario.
  • Se elimina la copia de factura. Es decir, ya no hay que mandar la información de la factura al GFACE.

¿Cómo funcionará FEL en Guatemala?

  • Los contribuyentes deberán habilitarse como emisores en el régimen FEL.
  • Los certificadores deberán autorizarse para operar como certificador de DTE.
  • Los Efaces generan un archivo que será transformado al archivo estructurado por el certificador.
  • El Certificador verifica que se aplicaron las validaciones y reglas necesarias vigentes en el Régimen, si todo es correcto se aplicara la firma electrónica avanzada, generando un Código de Autorización Electrónico que se asocia al documento antes de enviarlo a la SAT.
  • Cada DTE debe ser remitido a la SAT y al emisor de forma inmediata.
  • La SAT realiza las validaciones necesarias para verificar que el documento cumpla con las reglas y características que garantizan la autenticidad, integridad, formato y requisitos legalmente establecidos.
  • Tanto si acepta como si rechaza el documento, la SAT emite un acuse de recibo al Certificador.
  • El DTE se entregará al receptor bien en formato XML, mediante una representación gráfica o bien en formato PDF

Algunas preguntas frecuentes.

  • ¿Qué es el Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL)?
    • Es una nueva modalidad para que los contribuyentes puedan emitir facturas y otros documentos tributarios electrónicos (DTE) de forma segura y con autorización en línea.
  • ¿Qué es un Documento Tributario Electrónico (DTE)?
    • Es un archivo electrónico que contiene la información de cualquiera de estos tipos de documentos:
      • Factura
      • Factura cambiaria
      • Factura especial
      • Factura de pequeño contribuyente
      • Factura cambiaria de pequeño contribuyente
      • Nota de crédito
      • Nota de débito
      • Nota de abono
      • Recibo
  • ¿Quiénes son los involucrados en la nueva modalidad de Factura Electrónica?
    • Emisor: Es quien emite la factura electrónica u otros documentos tributarios electrónicos (DTE).
    • Certificador: ente autorizado por la SAT para revisar y certificar las facturas electrónicas emitidas por el emisor.
    • Receptor: Es el que recibe la factura u otro documento tributario (comprador del bien o servicio)
    • SAT: Verifica y recibe las facturas electrónicas y otros documentos tributarios certificados para darle validez.
  • ¿Cuál es el proceso de Factura Electrónica en Línea?
    • El contribuyente emite el documento con firma electrónica y se envía al certificador de manera automática.
    • El certificador recibe, valida y autoriza cada documento y es enviado automáticamente al emisor y a la SAT.
    • El emisor la entrega al receptor.
    • La SAT verifica cada documento tributario electrónico y la pone a disposición del emisor y receptor para consulta y verificación.
  • ¿Es obligatorio imprimir las facturas electrónicas?
    • Para entrega de facturas electrónicas se tiene dos opciones:
      • Digital: a través de medios electrónicos (Correo electrónico hipervínculo, mensaje te texto o como archivo digital).
      • Papel: cuando el receptor así lo desee.
  • ¿Qué contribuyentes pueden utilizar factura electrónica en línea?
    • Todos los contribuyentes que emitan facturas u otros documentos tributarios, habilitándose de dos formas:
      • Obligatorio, a quienes la SAT notifique.
      • Voluntario, quienes sin ser notificados así lo deseen.
  • ¿Cuáles son los beneficios de utilizar la factura electrónica en línea?
    • Fácil habilitación por medio de la Agencia Virtual de la SAT.
    • Autorización inmediata de cada documento.
    • Confiabilidad de la información.
    • Reducción del uso de papel y otros recursos.
    • Verificación de la validez de las facturas electrónicas recibidas a través del Portal SAT.
    • Consulta de las facturas electrónicas emitidas/recibidas en la Agencia Virtual.